
Pues bien este esquemoide es para explicaros los estados de EXCEPCIÓN, ALARMA Y DE SITIO.
EXCEPCION:
Por alterac del orden publico
Por el Gobierno previa autoriz. del Congresoide. Durará 30 días prorrogables por otros 30
SITIO
Declarado por el Congreso POR MAYORIA ABSOLUTA a propuesta del Gobierno (hoy por hoy, del Zapa) cuando peligra la seguridad intenna o extenna del Estado. Es muy fueeeeeeerte, por lo que se añade la suspensión de mas derechos que en el de excepcion, que son estos: DEL 17.3 DE LA C.E
-NADA DE SER INFORMADO DE TUS DERECHOS
-NADA DE TENER UN LETRADO
-Y NADA DE ESO DE NO DECLARAR
ESTE ESTADO durará el tiempo que se le salga del potorro al CONGRESOIDE, HALA!
EXCEPCION
un estado, muy tolai.
Por catastrofes, urgencia y tal
De nuevo es declarado por los hombres de Zapa ( GOBIERNO) dando cuenta al... Congreso!
No durará mas de 15 días, pero ojo! que si el Congresoide lo autoriza, incluso se podría prorrogar por otros 15!
Tan tolai es el pobre que NO SUSPENDE DERECHOS, como mucho, los LIMITA.
Otra cosilla:
Tb existe la suspension de derechos de forma individual para la ETA.. bandas armadas... gente de esta. Se suspendería estos dchos:
-inviolabilidad del domiciglio (evidente, vecina que llama, "oiga, que ahí se oyen prácticas de tiro..."
-secreto de comunicaciones, por si les pillan diciendo de secuestrar al Lu o algo...
-lo de la duracción maxima de 72h de detenc preventiva. "Que me quiero ir.." Pues no, que te hemos visto marchar con una bara de TNT.
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